Por Nahuel Díaz, periodista de G&M News.
El pasado 20 de diciembre de 2023, en la sala 2 del Auditorio del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) del Perú, se desarrolló la “Tercera charla informativa”, en el marco de la entrada en vigencia de la Ley N° 31557, modificada por la Ley N° 31806, que regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2023-MINCETUR. Esta cita se sumó a aquellas efectuadas el 27 de octubre y el 3 de noviembre.
Por la entidad comandada por Eduardo Sevilla, estuvieron el Ing. Yuri Guerra Padilla, responsable de la Dirección de Control y Sanción del Mincetur, y el Dr. José Luis Pérez, abogado del organismo. Entre los participantes, hubo representantes de laboratorios de certificación, gremios del sector y asociaciones de operadores, entre otros. La meta fue evacuar dudas con respecto al Reglamento aprobado por el Mincetur y analizar los Reportes y Formatos de los Estándares Técnicos establecidos por la normativa, que se aplicarán para la explotación de los juegos online y apuestas deportivas a distancia.
En diálogo con G&M News, uno de los presentes en la charla, Ricardo Solano Delgado, abogado especializado en esta industria y titular de la entidad Operadores de Juegos y Apuestas Deportivas a Distancia (OJADA), sostuvo: “Uno de los temas discutidos fueron los tiempos a administrar y facilitar para los operadores, según cuándo se presenten por las nuevas licencias. Está claro que nadie quiere ser supervisado o fiscalizado primero. Fue un asunto que generó mucho debate. Se concluyó que se debe respetar el orden de presentación en tiempo y forma, porque el Mincetur tiene 30 días hábiles para resolver conforme al ingreso de las solicitudes”.
ACLARACIONES Y RESPUESTAS
El organismo también aclaró que los laboratorios de certificación van a ser autorizados de manera automática y deberán presentar su póliza de caución o su fianza dentro de los diez días próximos a la autorización, para que puedan emitir certificados de cumplimiento para Perú. En tanto, al ser autorizados o resueltas sus solicitudes, los operadores también dispondrán de ese período de tiempo para poder presentar su documentación. De lo contrario, no podrían operar. Además, las salas de apuestas o retail podrán ofrecer servicios de forma mixta. Sólo deberán acararlo en el momento de presentar las solicitudes con el listado de todas las salas que esperan ser autorizadas.
“El Mincetur entiende que hay franquicias y les va a permitir la licencia de funcionamiento a través de un contrato de colaboración empresarial con el titular autorizado para la explotación, sin la necesidad de ampliar su licencia y manteniéndose al frente de la administración. Hay que recordar que, en el espíritu legal, la operación es de quien es autorizado para ella. Sin embargo, se les permite el trabajo conjunto teniendo un carácter residual administrativo”, detalló Solano.
Asimismo, el ente regulador peruano publicó un documento con 25 respuestas y conclusiones en torno a las dudas que han surgido desde la emisión de la Ley y la modificación del Reglamento. Se hizo hincapié en los distintos formatos de certificado de cumplimiento para las plataformas tecnológicas de juegos a distancia y apuestas deportivas, los programas de juegos, sus modalidades y componentes y la integración de la plataforma de juego, entre otros puntos. La próxima reunión informativa del Mincetur sobre esta cuestión se efectuará el el 10 de enero de 2024.